FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO


Instrucción 10/2005 de la Fiscalía General del Estado sobre el tratamiento de ACOSO ESCOLAR, señala lo siguiente:

"(...)debe desliarse el acoso escolar de los incidentes 
violentos aislados u ocasionales entre alumnos o 
estudiantes. El acoso se caracteriza, como regla general, por una continuidad en el tiempo, pudiendo consistir los actos concretos que lo integran en agresiones físicas, amenazas, vejaciones, coacciones, insultos o en el aislamiento deliberado de la víctima, siendo frecuente que el mismo sea la resultante del empleo conjunto de todas o de varias de esas modalidades. La igualdad que debe estructurar la relación entre iguales degenera una relación jerárquica de dominación-sumisión entre acosador/acosadores y acosado. Concurre también en esta conducta una nota de desequilibrio de poder, que pueda manifestarse en forma de actuación en grupo, mayor fortaleza física o edad, aprovechamiento de la discapacidad de la víctima, etc."

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