NO SE FIRMA NADA SI NO ENTREGAN COPIA

Mi consejo es grabar las reuniones porque si las cosas se complican será vuestra única prueba.

Si tú eres parte de la grabación es totalmente legal. Eso sí, sin difundir la grabación, sólo usarla  como prueba cuando sea necesario.

En cada reunión mantenida con el director/a, se pide el acta de dicha reunión. ¿Qué es el acta y para qué sirve? Como padres estamos actuando y siguiendo todos los pasos.

Antes de firmar el acta de reunión hay que leer bien. Debe figurar la fecha, los nombres de las personas que asistieron, el porqué de la convocación de la reunión, y por último, las medidas que toma el centro.

Si se niegan a dar ese acta, bien diciendo que son cosas internas o simplemente que no lo ven necesario, hay que insistir solicitándolo.


Si en algún momento os hará firmar algún documento, no firméis si no os entregan una copia.


En virtud de lo establecido en el Art. 40 de la Ley 39/2015, 1 de Octubre, de las Administraciones Públicas del procedimiento Administrativo Común: del Real Decreto 1720/2007, 21 de Diciembre por el que se aprueba el reglamento del desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, 13 de Diciembre  de Protección de Datos con Carácter Personal. En la Instrucción 1/1998 de 19 de Enero de la Agencia de Protección de Datos relativa, al ejercicio del derecho de acceso, rectificación y cancelación.

Si se llega a firmar algo sin posibilidad de obtener una copia, es muy importante leer con atención antes de firmar. Yo recomiendo no firmar ningún documento que venga sin copia.
Por muy internas que digan que sean esas cosas, están obligados a entregar copia de todos los documentos firmados.

Todo documento que se llega a firmar, por Ley tenemos derecho de tener una copia. 

"A continuación os facilito un impreso para solicitar los documentos que no fueron entregados en su momento".
 
Solicitud de documentos   

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